25 febrero 2006
Liberación de Contenidos de las Instituciones Públicas
Tal y cómo se acordó, subo una Propuesta de Manifiesto tras la Reunión en Córdoba el 21 de enero
Liberación de Contenidos de las Instituciones Públicas
(Anexo a la Declaración por la Libertad de Expresión Digital)
Como parte consustancial al desarrollo de la libertad de expresión, la información es un derecho al que no se puede renunciar si se pretende ser libre.
El derecho a estar informado forma parte de la inalienabilidad de aquellas conquistas sociales que nos brindó la libertad. Sugerido en los artículos 11 y 14 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de agosto de 1789, en la Enmienda uno del Bill of Rights de Diciembre 1791 y mencionado expresamente en los artículos 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de diciembre de 1948 y 10 de la Convención Europea de los Derechos Humanos de 4 de noviembre de 1950, el derecho de información habita en el haber del ciudadano como lo hacen el de expresión o el de propiedad.
Una persona no es libre sin información y los poderes públicos se encuentran en la obligación jurídica, política y moral de crear las condiciones que faciliten el acceso a la misma siempre que ello sea posible.
Pero cuando el Estado es propietario de cierta información no considerada confidencial, ni catalogada como secreto de Estado, tiene el deber de hacerla pública. La información almacenada en los haberes del Estado ha sido sufragada con los impuestos del ciudadano y debe ser, por lo tanto, ofrecido su retorno en forma de posibilidad de acceso. Hasta hace poco tiempo, tan loable empresa habría resultado imposible, pero ahora constituye una auténtica posibilidad. Hoy, a través de la tecnología digital, una vez organizada la manera de servirla, ya no cuesta distribuirla.
Poder acceder a esa información desde cualquier lugar supone para el Estado cumplir con una obligación latente, satisfacer una demanda social y romper de verdad con la brecha digital, democratizando nuestra sociedad a través del acceso gratuito a la información pública.
Por lo tanto:
Entendemos que toda institución pública debe liberar sus contenidos y hacerlos accesibles para cualquier ciudadano a través de la Red.
Y empezaremos por la que más tiene que ofrecernos, la Televisión Española.
Si el MIT americano y la BBC inglesa lo han hecho, ¿por qué hemos de esperar una década a que la agenda política lo demande?
¡Levantemos el telón en el teatro de la libertad de información!
(Anexo a la Declaración por la Libertad de Expresión Digital)
Como parte consustancial al desarrollo de la libertad de expresión, la información es un derecho al que no se puede renunciar si se pretende ser libre.
El derecho a estar informado forma parte de la inalienabilidad de aquellas conquistas sociales que nos brindó la libertad. Sugerido en los artículos 11 y 14 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de agosto de 1789, en la Enmienda uno del Bill of Rights de Diciembre 1791 y mencionado expresamente en los artículos 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de diciembre de 1948 y 10 de la Convención Europea de los Derechos Humanos de 4 de noviembre de 1950, el derecho de información habita en el haber del ciudadano como lo hacen el de expresión o el de propiedad.
Una persona no es libre sin información y los poderes públicos se encuentran en la obligación jurídica, política y moral de crear las condiciones que faciliten el acceso a la misma siempre que ello sea posible.
Pero cuando el Estado es propietario de cierta información no considerada confidencial, ni catalogada como secreto de Estado, tiene el deber de hacerla pública. La información almacenada en los haberes del Estado ha sido sufragada con los impuestos del ciudadano y debe ser, por lo tanto, ofrecido su retorno en forma de posibilidad de acceso. Hasta hace poco tiempo, tan loable empresa habría resultado imposible, pero ahora constituye una auténtica posibilidad. Hoy, a través de la tecnología digital, una vez organizada la manera de servirla, ya no cuesta distribuirla.
Poder acceder a esa información desde cualquier lugar supone para el Estado cumplir con una obligación latente, satisfacer una demanda social y romper de verdad con la brecha digital, democratizando nuestra sociedad a través del acceso gratuito a la información pública.
Por lo tanto:
Entendemos que toda institución pública debe liberar sus contenidos y hacerlos accesibles para cualquier ciudadano a través de la Red.
Y empezaremos por la que más tiene que ofrecernos, la Televisión Española.
Si el MIT americano y la BBC inglesa lo han hecho, ¿por qué hemos de esperar una década a que la agenda política lo demande?
¡Levantemos el telón en el teatro de la libertad de información!
¡Exijamos a TVE que liberalice sus contenidos en la Red!










